En el año de 1917, se vive en el país una de las etapas más críticas tanto social, como política y jurídicamente. Esto impacta directamente en el sistema jurídico de corte liberal practicado con base en la Constitución de 1857. Los problemas sociales se debían a que la minoría de la sociedad (casi en su totalidad de origen español) se adueñaba de la riqueza del país; en lo político, Porfirio Díaz pierde las elecciones y como consecuente, la lucha por el poder; y por otro lado, en lo jurídico, se significaba la ausencia de una ley especifica que regulara las relaciones de trabajo, pues aun no se reconocía propiamente al derecho al trabajo como un derecho de una clase social.
Dos años antes de esta difícil situación, en 1915, políticos de todas las entidades federativas se reunieron para discutir y aprobar el proyecto de una nueva Constitución, así mismo, se reunió una comisión especial para elaborar un proyecto sobre lo que debían contener específicamente las leyes del trabajo, para asegurar una mejor garantía de los derechos que se trataban de establecer.
De esta manera, México fue el primer país que agrego en su Constitución, los derechos de los trabajadores al elaborar leyes de trabajo y seguridad social; que a su vez, fue la culminación del “Derecho del Trabajo”, lo que más adelante se convertiría en una Ley Federal del Trabajo.
Antes de 1917 no había en realidad un Derecho del Trabajo, ya que solamente existían algunas leyes estatales. El autor Cavazos (1984) mencionó que la primera verdadera etapa laboral se inicio con el artículo 123 de la Constitución de 1917, la segunda etapa la considero de 1917 a 1931 cuando surge la primera Ley Federal del Trabajo. La tercera etapa es de 1962 a 1970, cuando se reformo la Ley de 1931 debido a la preocupación de otorgar mejores condiciones laborales (esta etapa se considera muy importante ya que México tuvo el honor de poder exportar a otros países la legislación de los trabajadores ya elaborada). La